DEMUNA

Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente

La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) es un servicio encargado de proteger y promover los derechos de los niños (as), y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad. Desde 1997 está considerada en la Ley Orgánica de Municipalidades como una función de los Gobiernos Locales.

La DEMUNA facilita el acceso a la Justicia, alivia el conflicto familiar coordinando con las Instituciones competentes evita que los niños (as) sean marginados, interviene cuando se encuentren amenazados sus Derechos para hacer prevalecer el principio del Interés Superior del Niño.

¿Funciones de DEMUNA?.

  •  Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones     públicas y privadas.
  • Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior.
  •  Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y que no existan procesos judiciales sobre estas materias
  • Conocer de la Colocación Familiar.
  •  Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación.
  • Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
  • Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no exista procesos judiciales previos.
  • Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.

¿Que Casos atiende la Demuna?

– Alimentos: Relacionado con el sustento de una niña, niño o adolescente (Habitación, vestido, educación, alimentación, salud y recreación)

– Tenencia: Respecto a cargo de quién se queda el hijo(s) o hija(s) cuando los padres están separados, y el ejercicio de la Patria Potestad.

– Régimen de Visitas: En relación al derecho del padre o la madre, que no ejerce la Tenencia, a visitar a su hijo(s) o hija(s); y al derecho del hijo o hijos de visitar a su padre o madre, cuando no vive con él o ella.

– Violencia Familiar. Orientación familiar cuando hay maltrato físico o psicológico a un miembro de la familia.

– Maltrato Físico o Psicológico. Orientación y derivación cuando hay daño físico o psicológico causado a un niño o adolescente por una persona que no sea miembro de la familia. Podría ser un profesor o un vecino.

– Filiación Extramatrimonial. Cuando el niño o adolescente no ha sido reconocido por su padre o madre, siempre y cuando estos no estén casados, se deriva a las autoridades correspondientes.

– Indocumentación infantil. Caso de un niño o adolescente que no tiene Partida de Nacimiento.

– Colocación Familiar. Cuando un niño o adolescente se encuentra en abandono, o que transitoriamente no puede ser cuidado por su padre o madre.

– Incumplimiento de derechos sociales. Cuando se les priva al niño o adolescente de la matrícula oportuna o de la atención médica necesaria.

– Contravenciones. Acciones u omisiones que atentan contra el ejercicio de los derechos del niño o del adolescente señalados en el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes.

– Seguimiento a las Medidas Socio-Educativas. Cuando el Juez o el Fiscal de Familia, envían a la DEMUNA a un adolescente infractor para el cumplimiento de la medida impuesta.

¿Requisitos para iniciar una demanda en el distrito de Tambogrande?

Los demandantes deberán presentar los siguientes documentos:

  • Copia simple del documento de identidad: DNI, Libreta o Boleta Militar.
  • Presentar copias simples de las partidas de nacimiento de los menores y adolescentes.
  • Nombre y dirección domiciliaria exacta del demandante o denunciante.
  • Información real y especifica de los hechos materia de la denuncia o demanda.
  • Esta información tendrá el carácter de una declaración jurada la misma que será privada y reservada en la defensoría.
  • Demás documentos o medios probatorios, en copia simples, que sean necesarios a efectos de acreditar los hechos denunciados o demandados
  • Ambas partes están exonerados de cualquier gasto que involucre el desarrollo o impulso del procedimiento administrativo.